Los delitos de odio por LGBTIfobia son aquellos actos de violencia, discriminación o acoso cometidos contra una persona o grupo motivados por rechazo, animadversión, odio y/o ánimo de castigar por orientación sexual, identidad o expresión de género, o características sexuales, así como por asociación con personas del colectivo LGBTIQA* o por apreciación errónea de que una persona integra el colectivo.
Cualquier delito puede ser cometido por motivación de odio, y si se demuestra, eso hace que el delito o la conducta sea considerada más grave.
Pueden manifestarse de diferentes formas, incluyendo:
1. Agresiones físicas
- Golpes, empujones o cualquier forma de violencia física motivada por prejuicios contra la víctima.
- Ataques con armas u objetos contundentes.
- Agresiones en espacios públicos, privados o incluso en el ámbito familiar.
2. Amenazas e intimidaciones
- Mensajes o llamadas con amenazas de agresión, violación o muerte.
- Acoso callejero con insultos y amenazas directas.
- Uso de símbolos o mensajes de odio (grafitis, carteles, redes sociales).
- Coacciones, tanto si son puntuales, como si son continuadas o habituales, en cuyo caso se agravan y pueden ser delito de acoso o contra la integridad moral.
3. Agresiones verbales e insultos
- Insultos y descalificaciones basadas en la orientación sexual o identidad de género.
- Burlas o comentarios humillantes en el ámbito laboral, escolar o social, tanto si son puntuales, como si son continuadas o habituales, en cuyo caso se agravan y pueden ser delitos de acoso o contra la integridad moral.
4. Discriminación en el acceso a bienes y servicios
- Negar la entrada a establecimientos, locales, hoteles o restaurantes por ser LGBTIQA*.
- Rechazo en alquileres o ventas de viviendas.
- Despidos o negativa de contratación laboral por ser LGBTIQA*.
5. Acoso escolar (bullying LGBTIfóbico)
- Insultos, exclusión o agresiones físicas a estudiantes LGBTIQA* en el colegio o instituto.
- Difusión de rumores o exposición de la identidad de género u orientación sexual sin consentimiento.
- Ciberacoso mediante redes sociales, mensajes o imágenes humillantes.
6. Ciberacoso y discurso de odio en redes sociales
- Comentarios ofensivos o amenazas en redes sociales.
- Publicación de datos personales o imágenes sin consentimiento con el objetivo de humillar.
- Campañas de acoso coordinadas contra personas LGBTIQA* en Internet.
7. Violencia intrafamiliar o de pareja
- Maltrato físico o psicológico dentro del hogar por la orientación sexual o identidad de género.
- Casos de «violaciones correctivas» en algunas comunidades para «cambiar» la orientación sexual.
- Expulsión de casa de menores LGBTIQA* por parte de sus familias.
8. Acosos y violencias LGBTIfóbicas en el ámbito laboral.
9. Terapias de conversión (prohibidas en algunos países, pero aún existentes de forma clandestina)
- Intentos de «curar» la homosexualidad, bisexualidad o transexualidad a través de pseudoterapias.
- Obligar a la persona a recibir tratamiento psiquiátrico o religioso para cambiar su orientación o identidad.
10. Negación de identidad a personas trans e intersex
- Rechazo a reconocer la identidad de género en trámites legales o documentos oficiales.
- Obstaculización en el acceso a tratamientos hormonales o cirugías de reasignación de género.
- Intervenciones médicas no consentidas en personas intersex.
Todos estos actos pueden constituir un acto de LGBTIfobia o delitos de odio y deben ser denunciados.
En España, se pueden reportar ante la Policía, la Guardia Civil, la Fiscalía de delitos de odio o asociaciones especializadas en la defensa de derechos LGBTIQA*.


